XVII. Derecho a la Intimidad.
Tienen derecho a la intimidad personal y la protección
de sus datos personales.
XVIII. Derecho a la Seguridad Jurídica y al Debido
Proceso.
Todas las autoridades que sustancien procedimientos de
carácter jurisdiccional o administrativo o que realicen
cualquier acto de autoridad, garantizarán el interés superior
de la niñez.
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